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DERECHOS DEL NIÑO EN EL DEPORTE.

DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO EN EL DEPORTE.

 

Esta Declaración surge en una primera instancia en 1986, luego que un grupo de expertos compuesto por entrenadores y especialistas en la práctica deportiva durante la infancia recibió el encargo de elaborar unas orientaciones destinadas a las personas que trabajan con niños entre seis y trece años.

 

El propósito de su reflexión era señalar los riesgos fisiológicos y psicológicos propios de la práctica deportiva organizada.

 

Finalmente esta Declaración surgió en 1988 y consta de 11 apartados, los cuales son analizados a continuación.

 

1. El derecho a practicar deportes.

 

Ningún club debería cerrar sus puertas a un niño que quiera practicar deportes, independientemente de su talento o de que posea un físico idóneo para ello. Corresponde al club y al entrenador ofrecer un nivel de actividades a la medida de las posibilidades del muchacho. No olvidemos que para reducir la violencia en el deporte conviene promover el juego limpio, un comportamiento que justamente se aprende desde la infancia.

 

2. El derecho a divertirse y a jugar como un niño.

 

Este punto hace hincapié en el hecho de que los niños de 7 u 8 años tienen una forma diferente de percibir el juego y la diversión que los de 12 o 13 años. Los más pequeños buscan ante todo el descubrimiento : quieren cambiar de actividad, inventar reglas, etc. Los preadolescentes, en cambio, sienten curiosidad por aprender y exigen competencia por parte del entrenador : quieren que sea capaz de enseñarles las técnicas eficaces. Así pues, para los primeros el entrenamiento se organiza de forma lúdica, variada y espontánea. También para los segundos es importante el aspecto lúdico y variado del entrenamiento, que sin embargo debe estar más centrado en el aprendizaje de la habilidad deportiva.

 

3. El derecho a disfrutar de un ambiente sano.

 

Sería irreconocible no hablar aquí de dopaje. se conocen casos, afortunadamente pocos, de bebés campeones, de la gimnasia artística que han recurrido a productos diuréticos para perder peso. Más inquietantes todavía son los datos que figuran en un estudio publicado por el Centro Canadiense sobre dopaje deportivo, según los cuales 83.000 jóvenes de 11 a 18 años habían utilizado esteroides anabolizantes en el transcurso del año anterior a la encuesta. Aun cuando el dopaje antes de los 14 o 15 años sigue siendo un problema marginal, no debemos subestimar su importancia.

 

En el caso del dopaje, el silencio puede ser fuente de malentendidos. El entrenador debe tomar partido y oponerse firmemente a esta práctica, explicando a los jóvenes las razones éticas, médicas y también psicológicas de su oposición.

 

4. El derecho a recibir un trato digno.

 

Esto significa ante todo considerar al niño como " digno de relación ". Ciertos datos reunidos en Alemania indican que sólo el 33 % de los niños deportistas consideran que es posible dialogar con sus entrenadores. Este punto de la declaración guarda relación también con ciertas desviaciones escandalosas e incluso dolorosas para quienes sienten amor por el deporte y desean promoverlo. Me refiero a las situaciones en que se considera a los niños como fuente de ingresos o como mano de obra : los niños de cinco a diez años de Indonesia o de Pakistán, comprados cuando no secuestrados para montar en las carreras de camellos organizadas en la región del golfo Pérsico; los traspasos de muchachos futbolistas de once a trece años de América Latina a Europa, etc.

5. El derecho a recibir un entrenamiento y a estar rodeados por personas competentes.

 

Se trata en este caso de insistir en una formación de calidad para los entrenadores en los ámbitos de la fisiología, la psicología y la pedagogía. Es preciso, por lo tanto, que los entrenadores más competentes se ocupen de los más pequeños, ya que los comienzos en el deporte son muy importantes, por no decir decisivos, para el futuro.

 

6. El derecho a que los entrenamientos se adapten a los ritmos individuales.

 

Este punto hace alusión, por un lado, al respeto por las grandes etapas del desarrollo, y por otro, a la consideración que merece el ritmo del desarrollo individual. El conocimiento de los estadios del desarrollo, el fomento del carácter multidisciplinario del deporte y la organización de competiciones según modalidades diferentes de las utilizadas para los adolescentes y los adultos son algunas de las medidas que se pueden tomar para reducir los errores derivados de un enfoque incorrecto del factor edad.

 

7. El derecho a competir con jóvenes que tengan las mismas probabilidades de éxito.

 

Con excesiva frecuencia los niños se ven en la situación de tener que competir con adversarios claramente superiores o netamente inferiores. En el deporte, las experiencias de victoria y de derrota son ocasiones sumamente útiles para desarrollar la autoestima y el respeto por el otro. Resulta evidente en cambio el carácter escasamente educativo de las situaciones que favorecen el sentimiento de impotencia vinculado a la experiencia de perder una y otra vez, o el sentimiento de omnipotencia derivado de la experiencia de ganar sistemáticamente.

 

8. El derecho a participar en competiciones adaptadas.

 

El espíritu de competición está presente en el desarrollo del niño desde la temprana edad de tres años; está muy presente hacia los 7 u 8 años, cuando el niño descubre la pertenencia a un grupo, la colaboración y la cooperación, y finalmente se integra y asimila correctamente a la edad de 12 o 13 años, cuando el niño es capaz de distinguirlo de las experiencias de humillación. No se trata por lo tanto de estar a favor o en contra de la competición, sino de organizarla adecuadamente. Por ejemplo, las competiciones organizadas en un solo día se adaptan mucho mejor a las exigencias de los más pequeños que los campeonatos que se prolongan durante varios meses.

 

9. El derecho a practicar su deporte en condiciones de total seguridad.

 

Hay que adaptar las infraestructuras, los campos de juego y la duración de las prácticas a las realidades físicas y psíquicas del niño. Aumenta así la sensación de seguridad del niño, que de esta forma puede dominar el espacio.

 

10. El derecho a disponer de tiempos de descanso.

 

Con excesiva frecuencia, sobre todo en el marco del entrenamiento intensivo precoz, observamos que las vacaciones escolares se aprovechan para celebrar cursillos de entrenamiento. El descanso es importante para el niño que estudia y es indispensable para el que combina los estudios con el deporte. Hay que destacar además que los niños rara vez dicen estar cansados, por lo que corresponde al adulto instarlos a descansar.

 

11. El derecho a no ser un campeón.

 

Pero también el derecho a llegar a serlo. Si así lo desea y tiene el talento necesario, a partir de cierta edad - por lo general después de los 15 o 16 años - el joven deportista podrá intensificar la práctica deportiva o por el contrario seguir practicando su deporte por el placer que le reporta y por la satisfacción de estar con los demás. En los dos casos, conservará un excelente recuerdo del deporte que practicó cuando era niño.

 

EN DEFENSA DEL NIÑO PERUANO  
   
EN DEFENSA DEL NIÑO PERUANO  
  El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.  
EN DEFENSA DEL NIÑO PERUANO  
  El niño debe ser protegido contra las práticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.  
EN DEFENSA DEL NIÑO PERUANO  
  El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.  
EN DEFENSA DEL NIÑO PERUANO  
  El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.  
El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro. Este sitio web fue creado de forma gratuita con PaginaWebGratis.es. ¿Quieres también tu sitio web propio?
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